REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
EL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
SOLICITANTES: LENIN JESÚS PÉREZ GRATEROL y EDELMAR MARIA VALERO SANTANA
ABOGADO: ROGGE CEDEÑO SABOYN
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE N° 16.338

Por escrito presentado en fecha 16 de Julio de 2003, los ciudadanos LENIN JESÚS PÉREZ GRATEROL y EDELMAR MARIA VALERO SANTANA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números V-14.821.746 y V-15.040.470 respectivamente, ambos de este domicilio, asistidos por el Abogado ROGGE CEDEÑO SABOYN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 28.890 y de este domicilio, solicitaron se decretara por ante este Tribunal la Separación de Cuerpos, basándose en lo siguiente:
Que contrajeron matrimonio civil por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San Blas, Municipio Valencia del Estado Carabobo, el día 13 de Febrero de 2003, que fijaron el domicilio conyugal en la Urbanización San Blas I, Sector 3, Grupo E, Nº 23, Valencia, Estado Carabobo. Que por razones que no vienen al caso exponer, de mutuo consentimiento y amistoso acuerdo, decidieron separarse de cuerpos. Que durante la unión conyugal no fueron procreados hijos, ni adquiridos ningún tipo de bienes.
Por auto de fecha 28 de Julio de 2003, fueron legalmente Separados de Cuerpos los cónyuges antes nombrados.
En diligencia de fecha 28 de Julio de 2005, el ciudadano LENIN JESÚS PÉREZ GRATEROL, ya identificado y asistido de abogado, solicitó del Tribunal decretara la conversión en divorcio de la presente solicitud, en virtud de no haberse producido entre el y su cónyuge la reconciliación. Por auto de fecha 05 de Agosto de 2005, se ordenó la notificación personal del cónyuge EDELMAR MARIA VALERO SANTANA, quien se dio por notificada el 18 de Septiembre de 2006.
Por lo antes expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y habiendo transcurrido el lapso establecido en la ley, previo el estudio del caso en sí y sus antecedentes y por no haber ocurrido la reconciliación entre los cónyuges, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos de los cónyuges LENIN JESÚS PÉREZ GRATEROL y EDELMAR MARIA VALERO SANTANA, ambos identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía desde el día 13 de Febrero de 2003, fecha en que contrajeron Matrimonio Civil por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San Blas, Municipio Valencia del Estado Carabobo.
En lo que respecta a hijos, el Tribunal no hace ningún pronunciamiento, en virtud de que los cónyuges manifestaron que no fueron procreados los mismos durante el matrimonio.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los veintiún (21) días del mes de Septiembre del año dos mil seis (2006). Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
La Juez Titular,
(fdo)
Abg. Roraima Bermúdez G.,
La Secretaria Titular,
(fdo)
Abg. Elea Coronado
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 9:00 de la mañana.-
La Secretaria Titular,
(fdo)
Abg. Elea Coronado
Exp. N° 16.338.-
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Certifico que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original, a la cual se contrae, de cuya exactitud doy fe, certifico y expido, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Valencia, 21 de Septiembre de 2006.-
La Secretaria Titular,

Abg. Elea Coronado de Valenzuela

EXPEDIENTE N°: 16.338


SOLICITANTES: LENIN JESÚS PÉREZ GRATEROL y EDELMAR MARIA VALERO SANTANA


MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS


SENTENCIA: DEFINITIVA
CONVERSIÓN EN DIVORCIO


FECHA: 21 de Septiembre de 2006



JUEZ TITULAR: ABOG. RORAIMA BERMUDEZ G.



JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-