TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 02 de Octubre de 2006
196º y 147º

Por recibida la presente solicitud de HOMOLOGACION DE ACTA DE REGIMEN DE VISITAS y sus recaudos presentados en fecha 28-09-06 por la Defensoría del Niño y del Adolescente del Municipio San Joaquín del Estado Carabobo, actuando en defensa e interés del (la) (los) Niño (a) (os) y/o Adolescente (s): FRAIDELYS ALEXANDRA y YACELYS ANDREINA PARICAGUAN AROCHA. Désele entrada. Anótese en los libros correspondientes y se admite cuanto ha lugar en derecho. Vista igualmente el Acta Convenio levantada en fecha 17-07-2006 en presencia de la ciudadana Defensora, suscrita por los ciudadanos JOSE JESUS PARICAGUAN MORALES y ANA YICCER AROCHA DE PARICAGUAN, Titulares de las Cédulas de Identidad Nro. V-13.579.6571 y V-14.248.512 respectivamente. Revisado el contenido de dicha acta y por cuanto no es contraria a ninguna disposición de la Ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, esta Juez Unipersonal N° 3 de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION. En consecuencia PRIMERO: El Padre, Ciudadano JOSE JESUS PARICAGUAN MORALES, buscará a las niñas todos los domingos a las ocho de la mañana y las regresará a las tres de la tarde. SEGUNDO: La progenitora, Ciudadana ANA YICCER AROCHA DE PARICAGUAN acepta y conviene en lo anterior.- CUMPLASE. Expídase por Secretaría copia certificada de la presente Decisión y entréguese a la Defensoría del Niño y del Adolescente del Municipio San Joaquín del Estado Carabobo.-

LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION


Dra. MAGALY PEREZ VELASQUEZ
LA SECRETARIA


Abog. ADELA CARRASCO BARRETO



En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le dio entrada bajo el N° C-36.069.-


LA SECRETARIA
EXP. N° C-36.069.-
MPV/jdp.