REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
 
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL 
 
Valencia, 24 de Octubre de 2006
 
Años 196º y 147º
 
 
ASUNTO: GP01-P-2006-012509
 
JUEZ: DRA. NELLY ARCAYA DE LANDAEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL N° 9 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO.
 
FISCAL: ABOG.  JOSE LUIS ROMAN SANDOVAL. FISCAL PRIMERO DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO CARABOBO. 
 
IMPUTADO: ELKIN EDUWIN MARQUEZ PINEDA 
 
DELITO: LESIONES PERSONALES LEVES.
 
VÍCTIMA: MARCO ANTONIO CASTRO ZERLIN, MARIA ELENA DA SILVA ARAUJO.
 
DECISIÓN: SOBRESEIMIENTO.
 
 
	De conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal estima innecesario convocar a audiencia oral a las partes y a la víctima para debatir los fundamentos de la petición efectuada por el Representante del Ministerio Público, por cuanto no se hace necesario el debate a los efectos de comprobar la prescripción de la acción penal, en consecuencia se pasa a decidir en los siguientes términos: 
 
 
DESCRIPCION DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACION
 
	En fecha 15.06.2002, se da inicio a la correspondiente averiguación por accidente de tránsito con lesionados ocurrido en la avenida Enrique tejera, cruce con Briceño Mendez, Valencia Estado Carabobo, el funcionario Cesar Ortiz dejo constancia a través de un acta de los vehículos involucrados, así como de los conductores  MARCO ANTONIO CASTRO ZERLIN, MARIA ELENA DA SILVA ARAUJO, por uno de los delitos contra las personas, encuadrándolo en el delito de  LESIONES PERSONALES CULPOSAS LEVES.
 
RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO
 
	
 
	Se trata, según la Fiscalía, del delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS LEVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 2º del Código Penal vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos. 
 
	Del análisis de las actas se observa que los hechos ocurrieron en fecha 15-06-02, que el delito imputado de LESIONES PERSONALES  CULPOSAS LEVES, prevee una pena de máxima de UNO A DOCE DE   MESES DE PRISION, siendo que en la presente causa se encuentra evidentemente prescrita.
 
	 
 
DISPOSITIVO 
 
	 En virtud de las consideraciones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO a favor de ELKIN EDUWIN MARQUEZ PINEDA, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES  CULPOSAS LEVES, previsto y sancionado en el artículo 422  ordinal 2º del Código Penal,
 
	Notifíquese al Fiscal PRIMERO del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo y a la víctima.
 
	Una vez firme la presente decisión, remítase la presente causa a la oficina de Archivo Central para su custodia y posterior remisión a la oficina de Archivo Judicial.
 
	Regístrese. Déjese copia. Diarícese. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
 
 
 
 
La Juez 09 de Control
 
Dra. Nelly Arcaya de Landáez
 
La Secretaria
 
 
En la misma fecha se cumplió lo ordenado
 
 
La Secretaria
 
 
ASUNTO: GP01-P-2006-012509
 
 
 
 
 
 
 
 
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