En horas de despacho del día de hoy Diecisiete (17) de Octubre del año Dos Mil Seis (2006), siendo las 9:30 a.m., se traslada y constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez abogada Lucia D’Angelo y su Secretaria Yasmila Faria, en la sede de un inmueble constituido por unas bienhechurias ubicadas en la calle Palmera (N° 132), distinguidas con el N° 73-441, del Barrio Los Magallanes, Jurisdicción del Municipio San Diego del Estado Carabobo, en compañía de los abogados Evelym Montilla de Torrealba y Edgar Jesús Virguez Aguilar, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 78.888 y 34.855, respectivamente, actuando en sus caracteres de apoderados judiciales de la parte actora Asociación Civil sin fines de lucro “Jesús es el Señor”, a fin de dar fiel y estricto cumplimiento al Mandamiento de Ejecución emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil del Estado Carabobo, en el ordeno restitución, con motivo de la demanda por reivindicación, seguido por la parte actora ya identificada contra el ciudadano Alberto Alejandro Cachón Echegaray. Seguidamente los apoderado actores intervienen y exponen: “Solicitamos al Tribunal cumpla con el mandamiento de ejecución, asimismo solicitamos que en caso de ser necesario designe depositaria judicial”. A continuación el Tribunal notifica de la misión a cumplir a la ciudadana Milagros Milena Hernández de Cachón, titular de la cedula de identidad N° V-5.977.352, quien informa ser esposa del demandado, asimismo manifiesta que retira en este acto los bienes muebles de su propiedad los cuales serán trasladados bajo su riesgo y responsabilidad. Igualmente el Tribunal notifica de la misión a cumplir al demandado de autos ciudadano Alberto Alejandro Cachón Echegaray, titular de la cedula de identidad N° 8.522.862. Acto seguido el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Restituye el inmueble constituido por unas bienhechurias ya identificadas en al presten acta, a la Asociación Civil sin fines de lucro “Jesús es el Señor”, representada en este acto por sus apoderados actores Evelyn Montilla y Edgar Virguez, quienes exponen: “En nombre de nuestra representada recibimos el inmueble objeto de juicio en estado de hacerle mantenimiento en general, reparaciones, pintura, aseo, totalmente deteriorado y libre de personas y bienes muebles, es todo”. A continuación el Tribunal deja constancia que en la práctica de la restitución no existieron hechos de violencia y en todo momento se respetaron los derechos humanos de las personas presentes en la misma, considera cumplida su misión, da por concluido el acto y se restituye a su Sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez Temporal,
(Firma Ilegible)
Abog. Lucia D’Angelo.
Los Apoderados Actores
(Firmas Ilegibles)
Los Notificados
(Firmas Ilegible)

La Secretaria
(Firma Ilegible)
Abog. Yasmila Faria.