REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO CARABOBO.

Valencia, 03 de mayo de 2.006
196° y 147°

DEMANDANTE: WILSON AMABLE ARENAS TORRES
APODERADO JUDICIAL: JOSÉ LUIS CABRE CORDOVA
DEMANDADO: JUAN JOSÉ MORENO
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES INTIMACIÓN.
EXPEDIENTE: 20.372.

Visto el desistimiento efectuado por la parte actora en el presente juicio en fecha 27 de abril del año en curso, y por cuanto este Tribunal observa que la misma versa sobre materias disponibles y no es contraria a la Ley, este Juzgado acuerda su HOMOLOGACION de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, quedando en sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.-


Abg. Isabel C. Cabrera de Urbano.
Juez Suplente Especial

Abg. Thais Mora D`alessandro
La Secretaria Acc.

Exp. Nº 20.372
ICCU/jmps