REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo
Valencia, Diez (10) de Noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2006-001383
PARTE ACTORA: PEDRO LUIS LAREZ MARTINEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: VÍCTOR JULIO PÉREZ
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA ALKON S.R.L
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARILU MELENDEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Visto el escrito transaccional que antecede, suscrito por la parte actora y demandada, respectivamente, quienes han llegado al siguiente acuerdo de cancelarle al trabajador la cantidad de Bs. 14.000.000,oo, pagaderos en diferentes cuotas, dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Igualmente, se deja constancia que hasta no conste en autos el último de los pagos ofertados, no se procederá al cierre del expediente.
La Juez.,
Abg. María Eugenia Núñez Briceño
La Secretaria.,
Abg. Astrid González.
|