REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, 28 de Noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : GP02-L-2006-002265
Visto la diligencia de fecha 27 de Noviembre de 2006, suscrita por el ciudadano LEVE YGNACIO ESCALONA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.753.755, en su carácter de demandante, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JESUS ENRIQUE PEREZ, inscrito en el Inpreabogado N.° 118.361, mediante la cual DESISTE del procedimiento de Cobro de Prestaciones Sociales contra la empresa demandada URBASER VALENCIA, C.A.. Este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, da por concluido el proceso y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos como lo estableció el demandante, dándole efectos de Cosa Juzgada; En consecuencia, se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo.
El Juez
Abg. JOSE DARIO CASTILLO S
EL SECRETARIO
Abg. OLIVER GOMEZ
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