REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, 14 de Noviembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : GP02-S-2006-001048

Vista la diligencia de fecha 08 de Noviembre de 2006, presentada por el ciudadano RICHARD PIÑA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.027.942, en su carácter de demandante, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JESUS PEREZ, inscrito en el Inpreabogado N.° 118.361, mediante la cual DESISTE de este procedimiento y solicita el cierre del expediente. Este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, vista la diligencia presentada por la parte actora, da por concluido el proceso y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos como lo estableció el demandante, dándole efectos de Cosa Juzgada; En consecuencia, se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo.
El Juez


Abg. JOSE DARIO CASTILLO S


EL SECRETARIO


Abg. OLIVER GOMEZ