REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

A C T A

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2006-002076
PARTE ACTORA: JUAN FRANCISCO VILCHEZ GONZALEZ.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA RUBEL C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: HENRY HENRIQUEZ..
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 15 de Noviembre de 2006, siendo las 11:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar; se deja expresa constancia que la Parte Actora, ciudadano: JUAN FRANCISCO VILCHEZ GONZALEZ, no se hizo presente ni por sí ni por medio de apoderado a la Audiencia Preliminar; así mismo se deja constancia que compareció el abogado HENRY HENRIQUEZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 54.817, en su carácter de apoderado judicial de la demandada CONSTRUCTORA RUBEL C.A.; quien presentó instrumento poder en original para su vista y devolución, agregándose a los autos la copia certificada del mismo; en este estado se deja constancia que compareció el abogado DANNY LINAREZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 89161, en su carácter de Procurador de Trabajadores. en consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
DEJESE COPIA AUTORIZADA.-

La Juez,

Abg. FARIDY DEL CARMEN SUAREZ COLMENARES.


EL PROCURADOR DE TRABAJADORES,


POR LA PARTE DEMANDADA,
El Secretario,


Abg. LUIS MIGUEL MORENO.