REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 14 de Noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: GP02-s-2006-722
PARTE ACTORA: ABRAHAN BOLIVAR
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: 2M & G PROYECTOS Y DESARROLLO
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA:
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Vista la diligencia de fecha 08-11-06 (folio 11), suscrita por el ciudadano ABRAHAN BOLIVAR, en su carácter de parte actora, asistido por la abogado Farides Alzolay, inscrita en el IPSA bajo el N° 52.759, mediante la cual se dió por notificado del auto de fecha 22-09-06; y por cuanto se observa que no corrigió el libelo de la demanda dentro del lapso de los dos (2) días hábiles indicados en el auto de fecha 22 de septiembre de 2006; este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCION DE LA INSTANCIA, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
La Juez,
Abg. Faridy del Carmen Suárez Colmenares.
El Secretario,
Abg. Luis Miguel Moreno.
FSC/LM
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