REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 24 de Noviembre de 2006
Años 196º y 147º

ASUNTO: GP01-S-2004-002525
Vista y analizada como ha sido la presente Causa, seguida en contra del Ciudadano RICHARD EMILIO MALAVE CISNEROS, Cédula de Identidad N° INDOCUMENTADO, imputado en la causa signada por este Tribunal con el ASUNTO: GP01-S-2004-002525, este Tribunal para decidir observa:
De la revisión efectuada de la presente actuación se evidencia que en fecha 16 de noviembre del año 2004, el Ministerio Público, representado por la Fiscalía Undécima del Ministerio Público, individualizó como Imputado al Ciudadano RICHARD EMILIO MALAVE CISNEROS, Cédula de Identidad N° INDOCUMENTADO, en la causa signada por este Tribunal con el alfanumérico GP01-S-2004-002525
Ahora bien, en virtud de la solicitud de fijación de Plazo Prudencial, con fundamento en el artículo 321 del Código Orgánico Procesal Penal anterior a la reforma; este Tribunal en fecha 17 de Enero de 2006 fijó un plazo prudencial de treinta (30) días continuos, a la Representación Fiscal, a fin de presentara el correspondiente acto conclusivo del proceso, notificando a la Fiscalía Undécima del Ministerio Público de esta decisión.
Vencido este plazo el Ministerio Público no solicitó la prórroga establecida en el encabezamiento del artículo 314 ejusdem; ni tampoco presentó Acusación ni solicitó el Sobreseimiento de la causa; en tal sentido considera este Tribunal procedente decretar el Archivo de las actuaciones y se ordene el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal y la condición de Imputado.
En virtud de las razones supra señaladas y en estricta atención a la tutela judicial efectiva y sin dilaciones injustificadas que deben garantizar los Jueces de la República de conformidad con lo dispuesto en el artículo 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 282 del Código Orgánico Procesal Penal, teniendo conocimiento en esta fecha de la actuación, y aplicando el vigente Código Orgánico Procesal Penal por ser más favorable, este Tribunal Noveno en Funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES atinentes al proceso seguido por la Fiscalía Undécima del Ministerio Público contra del ciudadano RICHARD EMILIO MALAVE CISNEROS, y se ordena el CESE de cualquier Medida que pesaba sobre el mencionado Ciudadano, así como la condición de Imputado. Así se decide. Líbrese Ofíciese a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, informando el cese del régimen de presentaciones. Notifíquese a la Defensa, al Imputado y remítase a la Fiscalía Undécima del Ministerio Público. Cúmplase.


LA JUEZ NOVENA DE CONTROL,
DRA. NELLY ARCAYA DE LANDÁEZ

La Secretaria,


En la misma fecha se cumplió lo ordenado.

La Secretaria,