REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 20 de Noviembre de 2006
Años 196º y 147º

ASUNTO: GP01-P-2004-000782

Recibido como ha sido en este Tribunal, escrito presentado por el Defensor Público Segundo ABOG. JOSE VICENTE BARROSO, en su condición de Defensor de los derechos de la Ciudadana FLOR MARÍA LEON SANABRIA, en el cual solicita el Sobreseimiento de la Causa seguida a la prenombrada Ciudadana, por Prescripción, este Tribunal para decidir observa: En fecha 22 de diciembre de 2004, la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, presentó la Acusación en contra de la Ciudadana FLOR MARÍA LEON SANABRIA, por la presunta comisión del delito de FRAUDE, previsto y sancionado en el artículo 466, ordinal 1º del Código Penal, en perjuicio de GLADYS ISIDORA SARMIENTO. Desde esa fecha hasta el día 09.11.2006 se ha tratado de realizar la Audiencia Preliminar en el presente caso, y la misma ha sido diferida por innumerables Causas, bien por inasistencia de la Víctima, por cambio de Defensor, por inasistencia del Fiscal o de la Imputada, por realización de actividades del Tribunal, encontrándose diferida la realización de la misma para el día 17.01.2007.
En virtud de las consideraciones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, NIEGA el SOBRESEIMIENTO solicitado por la Defensa de la Imputada FLOR MARÍA LEON SANABRIA, por prescripción ordinaria, por la presunta comisión del delito de FRAUDE, previsto y sancionado en el artículo 466, ordinal 1º del Código Penal, en perjuicio de GLADYS ISIDORA SARMIENTO.
Notifíquese a la Fiscal del Ministerio Público del Estado Carabobo, a la Defensa y a la víctima.
Regístrese. Déjese copia. Diarícese. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.


La Juez 09 de Control
Dra. Nelly Arcaya de Landáez

La Secretaria

En la misma fecha se cumplió lo ordenado

La Secretaria