REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 28 de noviembre del 2006
196º y 147º

Exp. No 9.437.-

Visto el auto de admisión de amparo, dictado por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial en fecha 2 de octubre del año en curso, y por cuanto se observa que en la causa principal del presente expediente se encuentra inhibida la Dra. RORAIMA BERMUDEZ, quien actualmente se encuentra encargada del referido Juzgado Superior; este Juzgado ordena la notificación del presunto agraviante JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL; al representante del MINISTERIO PUBLICO y a los abogados JAVIER ARTURO RIERA ROJAS y WILLIAM ENRIQUE CURIEL GONZALEZ, en su condición de terceros interesados, para que comparezcan el segundo día siguiente, a las 10:00 a.m., contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones, con el objeto de que manifieste sus argumentos y defensas sobre la pretendida violación que motiva el amparo. En virtud de que este Tribunal no posee los medios técnicos necesarios para la reproducción de las copias que habrán de ser remitidas junto con las notificaciones, deberá el quejoso suministrar los fotostatos para su certificación a los fines indicados. Líbrense los oficios respectivos y las boletas, y entréguense al Alguacil una vez que hayan sido suministrados los fotostatos correspondientes.
El Juez Suplente Especial,

Dr. FRANCISCO JIMÉNEZ DELGADO.
La Secretaria,


Abog. MILAGROS GONZALEZ MORENO.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,


Abog. MILAGROS GONZALEZ MORENO
FJD/pmm