JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 08 de noviembre de 2006
196º y 147º
DEMANDANTE: BANCO DE VENEZUELA, S.A. (BANCO UNIVERSAL)
DEMANDADA: ANA BELINDA RILO BATISTA
MOTIVO: EJECUCIÒN DE HIPOTECA
EXPEDIENTE: Nro. 48.846
Vista la diligencia de fecha 07 de los corrientes, suscrita por la abogada MARIA KÛPER BELLO, Inpreabogado No. 95.531, actuando en su carácter de autos y que consta en recaudo que a tal efecto consigna, mediante la cual formula DESISTIMIENTO de la presente acciòn, este Tribunal HOMOLOGA el mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Como se solicita se suspende la medida preventiva de prohibición de enajenar y gravar decretada sobre el inmueble objeto de la demanda. Igualmente, devuèlvanse los originales insertos en autos, dejando en su lugar copia fotostàtica certificada de los mismos, para cuya obtención se comisiona a la Asistente Judicial Delia Carrillo, conforme lo prevè el artìculo 112 del Còdigo de Procedimiento Civil. La Secretaria firmarà la certificación y copias. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
El Juez Provisorio,

Abog. RAFAEL RICARDO GIMENEZ
La Secretaria,

Abog. MAYELA OSTOS FUENMAYOR

Se librò oficio No. 1933, se devolvieron originales y se archivó el expediente.
La Secretaria,

EXP. Nro. 48.846
Delia.-