JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 23 de noviembre DE 2.006
Años 196º y 147º

De la revisión realizada en el presente expediente, así mismo, con vista al escrito presentado por el Abog. LEIRYS VELASQUEZ, actuando sin Poder, este Tribunal declara INADMISIBLE la presente causa, por cuanto la parte actora debe estar asistida de Abogado; igualmente se desprende de autos, que la parte solicitante-actora no saber firmar, por lo que en dicho escrito debió nombrar un firmante a ruego.-
El Juez Provisorio

Abg. Rafael Ricardo Gimènez
La Secretaria Accidental,


Sidya Gudiño Ramos
Se hizo lo ordenado.
La Secretaria Accidental,

Exp. No. 50.644
RRG/cc.-