REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su Nombre:

EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO


SOLICITANTE: DORELIS ADELA RAMOS SARMIENTO
ABOGADO: JULIA VELANDIA
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE: 52.915

-I-
Por escrito presentado en fecha 15 de Noviembre de 2006, por la ciudadana DORELIS ADELA RAMOS SARMIENTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.468.565, de este domicilio, debidamente asistida por la abogada en ejercicio, JULIA VELANDIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.829, solicito la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO; Alega la solicitante que el Acta de Nacimiento, se encuentra inserta bajo el número 728, Tomo II, Año 1976, de los libros de Registro Civil llevados por la Prefectura del Municipio General Rafael Urdaneta, Distrito Valencia (hoy, Parroquia Rafael Urdaneta del Municipio Valencia) del Estado Carabobo, la cual consigno en copia certificada, marcada “A”.
Por auto de fecha 16 de Noviembre de 2006, el Tribunal le dio entrada asignándole el número 52.915, nomenclatura llevada por este Tribunal y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, y por estar llenos los requisitos establecidos en las normas contenidas en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, SE ADMITE, cuanto ha lugar en derecho para su tramitación inmediata, en conformidad con la referida norma.
Ahora bien, alega la solicitante, que la Partida de Nacimiento, adolece de error en los términos que a continuación se exponen: “…en la Partida de Nacimiento, inscrita por ante el Registro Principal Civil, aparece su nombre como DORILIS ADELA, siendo lo correcto DORELIS ADELA”.…”.

-II-
Para los efectos probatorios el solicitante consignó: 1°) Copia Certificada del Acta de Nacimiento, emanada del Registro Principal Civil del Estado Carabobo, donde se evidencia error cometido. 2°) Copia Certificada de su Acta de Nacimiento, emanada de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Rafael Urdaneta, Municipio Valencia del Estado Carabobo, donde aparece su nombre, escrito correctamente. 3°) Copia simple de su Cédula de Identidad. Por cuanto la obviedad del error denunciado no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida de Defunción, unido a ello, no existe interesado alguno que pudiera resultar perjudicado, no es forzado para éste Tribunal, declarar la procedencia de la Rectificación de la Partida de Nacimiento en FORMA SUMARIA. Y ASI SE DECIDE.

-III-
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA NACIMIENTO de la ciudadana DORELIS ADELA RAMOS SARMIENTO en el sentido, que donde dice: “DORILIS ADELA”, ahora en adelante con todos los efectos legales que ello implique, debera decir: “DORELIS ADELA.”. Y ASÍ SE DECIDE.
Expídase copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión remítase con oficio a la autoridad competente. Líbrense oficios.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los veintidós (22) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Seis. (2.006). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
LA JUEZA

Abg. ROSA MARGARITA VALOR PALACIOS LA…

SECRETARIA,


Abg. LEDYS ALIDA HERRERA R.

En la misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las 10:15 de la mañana.


LA SECRETARIA,


Abg. LEDYS ALIDA HERRERA R.
















Exp Nro. 52.915