REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 10 de Mayo del Año 2006
196º y 147º


ASUNTO GP02-R-2006-000079
DEMANDANTES: JOSÉ NATERA, JOSÉ AMAYA Y ALEXANDER ARIAS
DEMANDADO: “AGUA POTABLE, JOSÉ GREGORIO HERNANDEZ” C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


ACTA DE HOMOLOGACIÓN

Vista la diligencia de fecha 17 de Marzo del año 2006, suscrita por el abogado Pedro Peñaloza Duarte, I.P.S.A N° 15.834, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ GREORIO AMAYA OSPINO, ALEXANDER JAVIER ARIAS PINEDA y JOSÉ ANTONIO NATERA OCHOA en su carácter de parte actora por una parte y por la otra el abogado JOSÉ UBINA MOLINA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada la cual contiene un acuerdo Transaccional con el objeto de dar por terminado el presente juicio y evitar litigios futuros. Este Tribunal observa que por cuanto ha transcurrido el lapso de los diez (10) días hábiles desde la práctica de la última de las notificaciones, sin que concurrieran al Tribunal los actores de la causa principal y por cuanto la misma no es contraria a Derecho y versa sobre derechos disponibles a saber: 1) hay legitimidad de partes, es decir, se celebró entre demandante y demandado; 2) no es contrario al orden público y 3) Se acepta libre de presión y apremio, el Tribunal le imparte su homologación a fines de que tenga carácter de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículo 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
La Juez

Bertha Fernández de Mora
La Secretaria

Joanna Chivico

En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 11:00 a.m.
La Secretaria

Joanna Chivico
BFdeM/JCh/amb.-