REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, cinco de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2005-001920
PARTE ACTORA: MAGALI GIMON
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MIREYA CENTENO HERNÁNDEZ
PARTE DEMANDADA: CENTRO TERMAL LAS TRINCHERAS C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DALAY CASTILLO y WILFREDO FEO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, 5 de Mayo de 2006, siendo las 8:50 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 y 196.
La Juez.,
Abg. María Eugenia Núñez Briceño
La Secretaria.,
Abg. Marjorie Gómez
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