REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, 19 de Mayo de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : GP02-S-2006-000381

Visto la diligencia de fecha 19 de Mayo de 200, presentada por la ciudadana MAGUEILY DE JESUS GALINDEZ GIL, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.314.665, en su carácter de demandante, debidamente asistido por la abogada en ejercicio YOLI DIAZ LUGO, inscrita en el Inpreabogado N.° 95.534, a través de la cual pone fin a la controversia mediante DESISTIMIENTO. Este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, da por concluido el proceso y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos como lo estableció la demandante, dándole efectos de Cosa Juzgada; En consecuencia, se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo.
El Juez


Abg. JOSE DARIO CASTILLO S


LA SECRETARIA

Abg. ASTRID GONZALEZ

MAGUEILY DE JESUS GALINDEZ GIL