REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 31 De mayo del año dos mil seis
195º y 147º
SENTENCIA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2006-000757
PARTE ACTORA: DANIEL RAMON SABARIEGO (NO ASISTIO)
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: V.P.S SEGURIDAD INTEGRAL C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: (NO ASISTIO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En virtud que el ciudadana : DANIEL RAMON SABARIEGO , quien es Venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad N° 7.151.544, en fecha 31 de mayo de 2006, NO ASISTIO , a la Audiencia Preliminar ni por sí, ni por medio de apoderado, en consecuencia este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en aplicación del artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo , declara DESISTIDO el procedimiento por pago de prestaciones sociales intentada contra la sociedad de comercio V.P.S SEGURIDAD INTEGRAL C.A., declara el desistimiento del procedimiento. Así se declara. Se ordena el cierre del expediente para su custodia.
LA JUEZA
Abg. CRISTINA GIANNINI MENDEZ
EL SECRETARIO
Abg. LOREDANA MASSARONI