JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRO NORTE.-

Valencia, 3 de mayo de 2006
Años: 196º y 147º

Vistos el escrito y anexos presentados en esta misma fecha por la abogada AULENA EIZAGUIRRE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 78.926, actuando en su carácter de Presidenta de la Fundación Latinoamericana para el Desarrollo de la Equidad, los Derechos Humanos, la Igualdad de Género, la Diversidad Cultural y la Gobernabilidad Democrática (denominada FUNDAEQUIDAD), inscrita en el Registro Principal Civil del Estado Carabobo bajo el N° 46, Protocolo Primero, Tomo 25, del año 2005, relacionados con la Acción de Inconstitucionalidad por Omisión, de cuyo texto se desprende que dicha pretensión está dirigida a la ciudadana Presidenta y Demás Miembros de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia; de conformidad con lo dispuesto en la parte inicial del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acuerda remitir el expediente a la Sala Constitucional del Máximo Tribunal, a los fines legales consiguientes.

El Juez Temporal,

DR. GUILLERMO CALDERA MARIN
El Secretario,

Abg. GREGORY BOLIVAR R.
Exp. 10.844. Se remite el expediente constante de una (1) pieza con diecinueve (19) folios útiles anexo al oficio N° 0042.
El Secretario,

Abg. GREGORY BOLIVAR R.