En horas de despacho del día de hoy Cinco (05) de Mayo del año Dos Mil Seis (2006), siendo las 10:00 a.m., se traslada y constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez abogada Lucia D’Angelo Guarnieri y su Secretaria Yasmila Faria, en las afueras de un inmueble constituido por un local comercial con sus correspondientes instalaciones, ubicado en la Avenida Bolívar Norte de la ciudad de Valencia del Estado Carabobo (frente al Estadio Polideportivo Misael Delgado y al lado norte de la Distribuidora Canarias, C.A.), en compañía de la abogada Maria Constanza Castillo de Hurtado, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 16.168, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ciudadana Diana Patricia Cubillán Herrera, a fin de dar fiel y estricto cumplimiento al despacho de comisión emanado del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el cual ordeno medida de Entrega Material, con motivo del juicio por Resolución de Contrato de arrendamiento, seguido por la parte actora ya identificada, contra la Sociedad Mercantil Trabenca, C.A. Seguidamente interviene la abogada actora y expone: “Solcito al Tribunal cumpla con el despacho de comisión, asimismo solicito se designe cerrajero y en caso de ser necesario designe depositaria judicial”. Acto seguido el Tribunal deja constancia que realiza los tres (03) toques de ley y nadie respondió y a solicitud de la apoderada actora designa cerrajero al ciudadano Richard García, titular de la cédula de identidad N° 11.349.760, quien expone: “Acepto el cargo y juro ante el Tribunal cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al mismo, es todo”. El Tribunal solicita al cerrajero designado aperture la puerta principal del inmueble y haga el cambio de la cerradura, asimismo se deja constancia que una vez aperturado el inmueble el Tribunal se constituye en el mismo y deja constancia que se encuentra desocupado de bienes muebles y personas. A continuación el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Hace Entrega Material del inmueble objeto de juicio y ya identificado en la presente acta libre de bienes muebles y personas, a la apoderada actora Maria Constanza Castillo de Hurtado, quien expone: “Recibo para mi representada el bien inmueble antes identificado en condiciones de hacerle mantenimiento en general”. Seguidamente el Tribunal deja constancia que hace acto de presencia el ciudadano Pedro José Montero Velásquez, titular de la cédula de identidad N° V-15.900.870, quien manifiesta se dueño de un perro que se encuentra en el inmueble, el mismo retira el perro. Igualmente se deja constancia que hace acto de presencia el ciudadano Alan Emir Sánchez, titular de la cédula de identidad N° V-12.292.194, quien manifiesta ser dueño de la Sociedad Mercantil Trabenca, C.A., demandada de autos y expone: “Me comprometo a restituir la pared posterior del local comercial objeto de medida la cual existía para el momento de celebrar el contrato de arrendamiento. Igualmente la abogada actora le hace entrega en calidad de préstamo de un juego de llaves del portón principal por un lapso de setenta y dos (72) horas a los fines del levantamiento de la pared que delimitará los linderos del inmueble arrendado, es todo”. A continuación interviene nuevamente el ciudadano Alan Emir Sánchez y expone: “Me comprometo a devolver el juego de llaves que recibo en este acto de la abogada actora en un lapso de setenta y dos (72) horas en las oficinas de la Doctora Castillo, ubicadas en la Avenida Francisco de Miranda, Torre Cavendes piso 5, oficina 501, Caracas. Seguidamente interviene la apoderada actora y expone: “Solicito al Tribunal remita las presentes actuaciones al Tribunal comitente”. A continuación el Tribunal acuerda de conformidad con la solicitud considera cumplida su misión, da por concluido el acto y se restituye a su Sede. Es todo. Termino, se leyó y conformes firman.
El Juez Temporal,
(Firma Ilegible)
Abog. Lucia D’Angelo.
La Apoderada Actora
(Firma Ilegible)
Parte Demandada
(Firma Ilegible) El Cerrajero.
(Firma Ilegible)
El Propietario del Perro
(Firma Ilegible)
La Secretaria
(Firma Ilegible)
Abog. YASMILA FARIA.