REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
SOLICITANTES: ELIAS SAYEGH TAHHAN e ISOLDA JOSEFINA VILLEGAS QUINTANA
ABOGADO: VICTOR JOSÉ SCOCOZZA PIÑANGO
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE N° 15.123
Por escrito presentado en fecha 10 de Enero de 2002, los ciudadanos ELIAS SAYEGH TAHHAN e ISOLDA JOSEFINA VILLEGAS QUINTANA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números V-9.161.736 y V-4.870.365 respectivamente, ambos de este domicilio, asistidos por el Abogado VICTOR JOSÉ SCOCOZZA PIÑANGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 32.875 y de este domicilio, solicitaron se decretara por ante este Tribunal la Separación de Cuerpos, basándose en lo siguiente:
Que contrajeron matrimonio civil por ante la Prefectura de la Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo, el 30 de Noviembre de 1998, que fijaron el domicilio conyugal en a Urbanización La Granja, Conjunto Residencial Villa Sol, edificio Nro. 4, apartamento Nº 4-3, Municipio Naguanagua del Estado Carabobo. Que durante la unión conyugal no fueron procreados hijos, ni adquiridos bienes muebles ni inmuebles. Que por las desavenencias surgidas a lo largo del curso de la vida conyugal, decidieron de mutuo acuerdo separarse de cuerpos, rigiéndose la misma por las siguientes estipulaciones: Primero: Que en virtud de la misma, se suspenden la vida en común entre ellos. Segundo: que en virtud de la separación cada cónyuge tiene el derecho a vivir separado, fijando su residencia en cualquier lugar de la República. Tercero: Que como consecuencia de la misma, cada cónyuge por su cuenta responderá de las obligaciones que contraigan disolviéndose la sociedad conyugal conforme a la Ley.
Por auto de fecha 16 de Enero de 2002, fueron legalmente Separados de Cuerpos los cónyuges antes nombrados.
En diligencias de fechas 06 de Abril y 02 de Mayo de 2006, los ciudadanos ELIAS SAYEGH TAHHAN e ISOLDA JOSEFINA VILLEGAS QUINTANA, ya identificados y asistidos de abogado, y solicitaron del Tribunal decretara la conversión en divorcio de la presente solicitud, en virtud de no haberse producido entre ellos la reconciliación.
Por lo antes expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y habiendo transcurrido el lapso establecido en la ley, previo el estudio del caso en sí y sus antecedentes y por no haber ocurrido la reconciliación entre los cónyuges, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos de los cónyuges ELIAS SAYEGH TAHHAN e ISOLDA JOSEFINA VILLEGAS QUINTANA, ambos identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía desde el día 30 de Noviembre de 1998, fecha en que contrajeron Matrimonio Civil por ante la Prefectura de la Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo.
En lo que respecta a hijos, el Tribunal no hace ningún pronunciamiento, en virtud de que los cónyuges manifestaron que no fueron procreados los mismos durante el matrimonio.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los ocho (8) días del mes de mayo del año dos mil seis (2005). Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
La Juez Titular,
(fdo)
Abg. Roraima Bermúdez G.,
La Secretaria Titular,
(fdo)
Abg. Elea Coronado
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 11:00 de la mañana.-
La Secretaria Titular,
(fdo)
Abg. Elea Coronado
Exp. N° 15.123.-
./mr
CERTIFICO QUE LA COPIA QUE ANTECEDE ES TRASLADO FIEL DE SU ORIGINAL A LA CUAL SE CONTRAE DE CUYA EXACTITUD DOY FE. VALENCIA, 08 de Mayo de 2006.-
La Secretaria Titular,
Abg. Elea Coronado de Valenzuela
EXPEDIENTE N°: 15.123
SOLICITANTES: ELIAS SAYEGH TAHHAN e ISOLDA JOSEFINA VILLEGAS QUINTANA
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS
SENTENCIA: DEFINITIVA
CONVERSIÓN EN DIVORCIO
FECHA: 8 de Mayo de 2006
JUEZ TITULAR: ABOG. RORAIMA BERMUDEZ G.
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
|