REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO
EXPEDIENTE NRO. 18.923
GADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 24 de Mayo del 2006
196° y 147°
Por presentada la anterior solicitud junto con sus recaudos anexos, personalmente por sus firmantes, ciudadanos DANIEL RAFAEL LEAL y LIXBEL VANESSA MENDOZA CARRILLO, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.192.425 y 15.652.432, respectivamente, de este domicilio, asistidos por la Abogada MAGALY RODRIGUEZ DE MENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 16.353, se admite cuanto ha lugar en derecho. Previa lectura acordada por Secretaría y hallada conforme por los manifestantes, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SEPARADOS LEGALMENTE DE CUERPOS Y BIENES, a los cónyuges anteriormente nombrados, bajo las condiciones estipuladas en el citado escrito.
La Juez Titular,
Abog. Roraima Bermúdez G.
Los Cónyuges Manifestantes,
El Abogado Asistente,
La Secretaria Titular,
Abog: Elea de Valenzuela,