REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
SOLICITANTES: ROGER ANTONIO CASTELLANOS SIMANCAS Y EVELIN JANETH PERDOMO RAMIREZ
ABOGADOS: CECILIA TERESA DURAN Y MARIELIS CUSTODIO
SENTENCIA: DEFINITIVA
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE N°: 18.818
Por escrito presentado en fecha 05 de Abril de 2006, los ciudadanos ROGER ANTONIO CASTELLANOS SIMANCAS Y EVELIN JANETH PERDOMO RAMIREZ, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V- 11.324.479 y V- 12.458.714, de este domicilio, debidamente asistidos por las abogadas en ejercicio CECILIA TERESA DURAN Y MARIELIS CUSTODIO, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 49.431 y 110.884, manifestaron al Tribunal estar separados de hecho y no haber llevado vida común por más de cinco (5) años; por esos motivos y de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, solicitaron se decretara el divorcio.
Emplazados los cónyuges y la Fiscal Décimo Octava (18°) del Ministerio Público en Materia de Familia, como consta a los folios 19 y 22 del expediente.
En diligencia de fecha 20 de Abril de 2006, los solicitantes ROGER ANTONIO CASTELLANOS SIMANCAS Y EVELIN JANETH PERDOMO RAMIREZ, ya identificados y asistidos de abogados, se dieron por citados, renunciaron al lapso de la comparecencia y ratificaron en todas y cada una de sus partes la solicitud de divorcio presentada.
Dentro del lapso correspondiente la Fiscal del Ministerio Público, presentó escrito en el cual manifiesta que no hay lugar a oposición.
En el presente caso se han cumplido los requisitos exigidos en el artículo 185-A del Código Civil, por lo que, de acuerdo a la citada disposición legal, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de divorcio, formulada por los ciudadanos ROGER ANTONIO CASTELLANOS SIMANCAS Y EVELIN JANETH PERDOMO RAMIREZ, identificados suficientemente en autos y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía desde el día 09 de Septiembre de 1995, fecha en que contrajeron matrimonio civil por ante la Prefectura del Municipio Valera del Estado Trujillo.
En cuanto a hijos, el Tribunal no hace ningún pronunciamiento, en virtud de que los Solicitantes manifestaron en su escrito que no fueron procreados durante el matrimonio.
Liquídese la Comunidad Conyugal.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los doce (12) días del mes de Mayo del año dos mil seis (2006). Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
La Juez Titular,
Abg. Roraima Bermúdez G.,
La Secretaria Titular,
Abog. Elea Coronado de Valenzuela
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las 9:15 de la mañana.-
La Secretaria Titular,
Abog. Elea Coronado de Valenzuela
Exp. N° 18.818.-
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CERTIFICO QUE LA COPIA QUE ANTECEDE ES TRASLADO FIEL DE SU ORIGINAL A LA CUAL SE CONTRAE DE CUYA EXACTITUD DOY FE. VALENCIA, 12 de Mayo de 2006.-
La Secretaria Titular,
Abog. Elea Coronado de Valenzuela
EXPEDIENTE: 18.818
SOLICITANTES: ROGER ANTONIO CASTELLANOS SIMANCAS Y EVELIN JANETH PERDOMO RAMIREZ
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
SENTENCIA: DEFINITIVA
CON LUGAR LA SOLICITUD
FECHA: 12 de Mayo de 2006
JUEZ TITULAR: ABOG. RORAIMA BERMÚDEZ GONZÁLEZ
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
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