REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 24 de Marzo de 2006
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2006-000122
PARTE ACTORA: JULIO CESAR SANCHEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: GHELLA SOGGNE, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: PEDRO DOS RAMOS
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy, 24 de Marzo de 2006, siendo las 11:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno, igualmente se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada GHELLA SOGGNE, C.A. representada por el Abogado en Ejercicio PEDRO DOS RAMOS, inscrito en el IPSA bajo el N° 69.324, en su carácter de Apoderado Judicial según instrumento poder que acredita su representación consignado en copias simples y cuyo original estuvo a la vista de este Tribunal y a efectos videndi se procede a la devolución del mismo. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 y 195.
La Juez.,
Abg. María Eugenia Núñez Briceño
La Secretaria.,
Abg. Mayela Díaz
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