ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2006-000061
PARTE ACTORA: ANGEL PEÑALOZA
ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ----------------
PARTE DEMANDADA: BOC GASES DE VENEZUELA
REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA: NANCY PADRINO
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

En el día de hoy seis (06) de Marzo de 2006, siendo las 9:10 am, del día y la hora indicada para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, este Tribunal deja constancia de la asistencia de la parte demandada a través de la abogada NANCY PADRINO, Cédula de Identidad Nros. V- 8.792.737, e inscrita en el Inpreabogado Nro. 54.020, en su carácter de apoderada judicial de la demandada BOC GASES DE VENEZUELA, según consta en poder el cual presenta en original y copia para que sea certificada la copia y agregada al expediente. Igualmente, el Tribunal deja constancia de que la Parte Actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 196 ° y 147 °.
EL JUEZ


ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.


ABG. APODERADA DE LA DEMANDADA


LA SECRETARIA.

ABG. ASTRI GONZALEZ