ACTA


N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2006-000057.
PARTE ACTORA: JOAQUIN ROQUE BENCOMO (NO COMPARECIO).
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: (NO COMPARECIO).
PARTE DEMANDADA: RUEDAS DE VENEZUELA, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA ALEJANDRA PRATO ARAUJO.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

Hoy, 08 DE MARZO DE 2006, SIENDO LAS 10:00 A.M., día y hora fijado para que tenga lugar el INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, en el presente juicio, se deja expresa constancia de la INCOMPARECENCIA de la parte actora JOAQUIN ROQUE BENCOMO, titular de la Cédula de Identidad Nro. 7.580.039, ni por si ni por apoderado judicial alguno y la parte demandada RUEDAS DE VENEZUELA, C.A., con su apoderada Judicial abogada MARIA ALEJANDRA PRATO ARAUJO, inscrita en el inpreabogado N° 102.624, según poder que presento para su vista y devolución de la notaria pública sexta del municipio Chacao, de fecha 25 de Febrero de 2005, bajo el N° 14, tomo 26, dejando copia simple. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Luego de un lapso de espera de treinta (30) minutos, “CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”.. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 195° y 147 °
La JUEZ
ABG. MARJORIE GÓMEZ QUINTERO


LA SECRETARIA
ABG._____________________

GP02-S-2006-57.