Quien suscribe Abogado YULIMAR FONSECA GONZALEZ, Secretaria Titular del JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.479, de la nomenclatura archivar de este Tribunal. En el día de hoy 27 de marzo de 2006, siendo las 4:00 de la tarde, se traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Provisorio Doctora Mauricia González y la Secretaria Titular Abogada Yulimar Fonseca, en compañía de la parte actora Abogado PEDRO RAMÓN MAITA, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 62.242, en el inmueble objeto de la medida constituido por un apartamento Nro. 2-3, del Edificio denominado residencias diamante, ubicado en la Avenida Mañongo, de la Urbanización Trigal Norte, Valencia del Estado Carabobo; Seguidamente el Tribunal procede a notificar a la ciudadana MARIBEL COROMOTO BARAZARTE, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. 5.140.082, la cual quedo impuesto de la misión a cumplir decretada por el Juzgado Primero de los Municipios del Estado Carabobo, expediente Nro.15.951. Seguidamente la parte actora Abogado PEDRO RAMÓN MAITA, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 62.242 expone: Solicito al Tribunal designe Depositaria Judicial a los fines de ley. Seguidamente el Tribunal designa Depositaria Judicial a la Firma Mercantil Depositaria Judicial Venezuela, C. A., en la persona de su representante legal ciudadano JESÚS GARCIA, cédula de identidad Nro. 5.480.302, quien estando presente acepto el cargo y presto el juramento de ley. Seguidamente la parte actora Abogado PEDRO RAMÓN MAITA, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 62.242 expone: Señalo al Tribunal para ser Secuestrado el inmueble constituido por un apartamento Nro. 2-3, del Edificio denominado Residencias Diamante, ubicado en la Avenida Mañongo, de la Urbanización Trigal Norte, Valencia del Estado Carabobo. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara Secuestrado el inmueble constituido por un por un apartamento, ubicado en la Avenida Montes de Oca, Edificio Borges, Apartamento Nro 01 de esta ciudad de Valencia del Estado Carabobo, y lo deja bajo la guarda y custodia de la parte actora Abogado PEDRO RAMON MAITA, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. 6.912.386. Acto seguido el Tribunal deja constancia que se le ha insistido en varias oportunidades a la notificada que se haga asistir de un abogado de su confianza, la misma ha manifestado que lo esta ubicando. Seguidamente la notificada ciudadana MARIBEL COROMOTO BARAZARTE, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. 5.140.082, asistida por el abogado en ejercicio Francisco Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 79.121 expone: no estoy conforme con la ejecución de medida, me reservo el ejercicio de las acciones a que hubiera lugar y manifiesto al Tribunal que procederé en este acto a trasladar todos mis bienes muebles a mi entera cuenta y riesgo. Seguidamente el Tribunal declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo en momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordenando se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede, siendo las 6:00 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIO DRA. MAURICIA GONZALEZ (Fdo); LA NOTIFICADA, ABOGADO ASISTENTE (Fdo); PARTE ACTORA (Fdo); DEPOSITARIA LA SECRETARIA ABOG. YULIMAR FONSECA……………………………………………..




Quien suscribe Abogado YULIMAR FONSECA GONZALEZ, Secretaria Titular del JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.479, de la nomenclatura archivar de este Tribunal. En el día de hoy 27 de marzo de 2006, siendo las 4:00 de la tarde, se traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Provisorio Doctora Mauricia González y la Secretaria Titular Abogada Yulimar Fonseca, en compañía de la parte actora Abogado PEDRO RAMÓN MAITA, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 62.242, en el inmueble objeto de la medida constituido por un apartamento Nro. 2-3, del Edificio denominado residencias diamante, ubicado en la Avenida Mañongo, de la Urbanización Trigal Norte, Valencia del Estado Carabobo; Seguidamente el Tribunal procede a notificar a la ciudadana MARIBEL COROMOTO BARAZARTE, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. 5.140.082, la cual quedo impuesto de la misión a cumplir decretada por el Juzgado Primero de los Municipios del Estado Carabobo, expediente Nro.15.951. Seguidamente la parte actora Abogado PEDRO RAMÓN MAITA, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 62.242 expone: Solicito al Tribunal designe Depositaria Judicial a los fines de ley. Seguidamente el Tribunal designa Depositaria Judicial a la Firma Mercantil Depositaria Judicial Venezuela, C. A., en la persona de su representante legal ciudadano JESÚS GARCIA, cédula de identidad Nro. 5.480.302, quien estando presente acepto el cargo y presto el juramento de ley. Seguidamente la parte actora Abogado PEDRO RAMÓN MAITA, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 62.242 expone: Señalo al Tribunal para ser Secuestrado el inmueble constituido por un apartamento Nro. 2-3, del Edificio denominado Residencias Diamante, ubicado en la Avenida Mañongo, de la Urbanización Trigal Norte, Valencia del Estado Carabobo. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara Secuestrado el inmueble constituido por un por un apartamento, ubicado en la Avenida Montes de Oca, Edificio Borges, Apartamento Nro 01 de esta ciudad de Valencia del Estado Carabobo, y lo deja bajo la guarda y custodia de la parte actora Abogado PEDRO RAMON MAITA, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. 6.912.386. Acto seguido el Tribunal deja constancia que se le ha insistido en varias oportunidades a la notificada que se haga asistir de un abogado de su confianza, la misma ha manifestado que lo esta ubicando. Seguidamente la notificada ciudadana MARIBEL COROMOTO BARAZARTE, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. 5.140.082, asistida por el abogado en ejercicio Francisco Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 79.121 expone: no estoy conforme con la ejecución de medida, me reservo el ejercicio de las acciones a que hubiera lugar y manifiesto al Tribunal que procederé en este acto a trasladar todos mis bienes muebles a mi entera cuenta y riesgo. Seguidamente el Tribunal declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo en momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordenando se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede, siendo las 6:00 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIO DRA. MAURICIA GONZALEZ (Fdo); LA NOTIFICADA, ABOGADO ASISTENTE (Fdo); PARTE ACTORA (Fdo); DEPOSITARIA LA SECRETARIA ABOG. YULIMAR FONSECA……………………………………………..