REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO CARABOBO.
Valencia, 17 de Marzo de 2.006
195° y 147°
DEMANDANTE: MARIA IVONNE GOMEZ DE SOUSA, en su carácter de Directora de la Sociedad Mercantil INVERSIONES “LILIANA” C.A.
APODERADO JUDICIAL: CARMEN SOLIMA SAID CAFFRONI, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 16.225.
DEMANDADA: Sociedad Mercantil L.O.H. INGENIERIA, C.A.
MOTIVO: DESALOJO
EXPEDIENTE: 19.463
Visto el Desistimiento del procedimiento de fecha 21 de Febrero de 2.006, suscrita por la abogada CARMEN SOLEIMA SAID, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 16.225, mediante la cual desiste del presente procedimiento, en consecuencia, el Tribunal acuerda su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, quedando en sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Archívese el presente expediente.
Abg. ISABEL C. CABRERA DE URBANO.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
Abg. ALBA NARVAEZ RIERA.
LA SECRETARIA
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