EXPEDIENTE Nro. 18.693.

GADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 08 de Marzo del 2006
195° y 147°
Por presentada la anterior solicitud junto con sus recaudos anexos, personalmente por sus firmantes, ciudadanos MARIA DE LOS ANGELES OLIVARES VALBUENA y EDWIN ERIS MEDINA PATINO, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.659.931 y V-13.987.626, respectivamente, de este domicilio, asistidos por la Abogada NERY ISABEL GUZMAN DIAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 62.082, se admite cuanto ha lugar en derecho. Previa lectura acordada por Secretaría y hallada conforme por los manifestantes, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SEPARADOS LEGALMENTE DE CUERPOS Y BIENES, a los cónyuges anteriormente nombrados, bajo las condiciones estipuladas en el citado escrito.
La Juez Titular,

Abog. Roraima Bermúdez G.

Los Cónyuges Manifestantes,


La Abogada Asistente,

La Secretaria Titular,

Abog: Elea de Valenzuela,