JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 21 de Marzo de 2006
195º y 147º
DEMANDANTE: CARLOS GERMAN ZABARCE JIMENEZ
DEMANDADO: ANDREINA REYES
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (PROC. POR INTIMACION)
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA (MEDIDAS)
EXPEDIENTE: Nº 52.013.-
I
Conforme a lo ordenado en auto que antecede, este Tribunal habiendo Revisado el presente expediente y considerado el Instrumento fundamental de la acción suficiente y que llena los extremos del Articulo 644 y en concordancia con el Articulo 646 del Código de Procedimiento Civil, se ratifica la procedencia del pedimento Cautelar acordada en decisión de fecha 15 de Marzo de 2006. Y ASI SE DECIDE.-
II
En merito a lo decidido en el particular anterior, y conforme a lo solicitado por el Actor en libelo de la demanda SE DECRETA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el Nro. 2-1, piso 2, Edificio Araguaney 54 de la primera etapa de la Urbanización Ciudad Parque La Pradera, Jurisdicción de la Parroquia Urbana Guacara, Municipio Guacara del Estado Carabobo, el cual tiene una superficie aproximada de ochenta y dos metros cuadrados con noventa y un decímetros cuadrados (82,91 mts2) y sus linderos son: NORESTE: vacío, entrada principal y pasillo de circulación. SUROESTE: fachada suroeste del edificio. SURESTE: fachada sur este del edificio. NOROESTE: apartamento 2-2, cuyos derechos le pertenecen a la demandada según consta de documento protocolizado en la oficina inmobiliaria del Registro del Municipio Guacara del Estado Carabobo, el 16 de Mayo de 2001, bajo el Numero 13, Tomo 6, Protocolo Primero. Líbrese Oficio. Y ASI SE DECIDE.
LA JUEZ,
ABG. ROSA M. VALOR P.
LA SECRETARIA,
ABG. LEDYS ALIDA HERRERA R.
En la misma fecha se libro Oficio bajo el Nº 545.-
LA SECRETARIA,
ABG. LEDYS ALIDA HERRERA R.
Exp. 52.013.-
Joaquin
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