REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
VIERNES DOS (02) DE JUNIO DEL AÑO 2006
AÑOS 196º Y 147º
Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANMARIELLY HENRIQUEZ RODRÍGUEZ y el Alguacil Sr. NEOMAR CARRILLO.
Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte Demandada abogado IVAN DARIO HERMOSILLA VITALE, contra la decisión dictada en fecha 23 de Marzo del año 2006, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Enfermedad Profesional sigue el ciudadano ALIRIO ANTONIO DÍAZ MATA, contra la sociedad de comercio SUPERENVASES ENVALIC, C.A.
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto de la abogada MARIA M. LANDAETA, Apoderada Judicial de la parte Demandada, quien se identificó con el número de Inpreabogado 110.913, parte apelante. Igualmente se deja constancia de la presencia del ciudadano ALIRIO ANTONIO DIAZ MATA, titular de la Cédula de Identidad N° 4.705.262, Parte Actora, y de su Apoderado Judicial abogado OCTAVIO JOSÉ ALCALA GIL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.974.
Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte Demandada recurrente; quien expuso las razones que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido. Igualmente se le concedió el derecho de palabra a la parte Demandante. Concluida su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino hace varias acotaciones y formuló preguntas.

El Tribunal, siendo las 10:30 a.m., se reserva un lapso de 60 minutos para proceder a dictar el dispositivo del fallo, de conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Siendo las 11:30 a.m., este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, pasa a decidir en forma oral e inmediata el presente recurso, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo Declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión incoada por el ciudadano ALIRIO ANTONIO DÍAZ MATA, contra la Sociedad Mercantil, SUPERENVASES ENVALIC, C.A.; PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte accionada; Queda en estos términos MODIFICADA la sentencia recurrida; No se condena en COSTAS a la parte accionada por no haber vencimiento total
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto. Siendo las 11:30 de la mañana se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia. De conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Tribunal se reserva el lapso legal para publicar el texto del íntegro de la decisión. Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta. Es todo, término, se leyó y conformes firman,


HILEN DAHER DE LUCENA.
JUEZ


LA APODERADA DE LA DEMANDADA


EL ACTOR Y SU APODERADO JUDICIAL,


ANMARIELLY HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ
SECRETARIA,



Exp. No. GP02-R-2006-000184
Recurso de Apelación
Anmarielly Henríquez