REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 27 de junio de 2006
196º y 147º


A C T A


En el día de hoy, martes veintisiete (27) de junio del año 2006, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), comparecieron ante el despacho de este tribunal las partes intervinientes en la causa signada con el Nro. 15.852, en la demanda incoada por el ciudadano DIMAS ATTIAS, C.I. 3.798.773, contra COMERCIALIZADORA REBACEN y DISTRIBUIDORA REBACEN, a los fines de celebrar acuerdo transaccional, el ciudadano DIMAS ATTIAS por la parte actora, acompañado de su apoderada judicial la abogada OLIVA FARFAN, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº. 41.146, y por la parte demandada las ciudadanas CAROLINA D ASCANIO e HILDA PALENCIA, titulares de las cédulas de identidad Nº 14.515.519 y 5.600.506 respectivamente, acompañadas de su apoderada judicial la abogado LUCY SILVA inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 44.663. las partes exponen: hemos convenido en aras de ponerle fin al presente procedimiento un pago por la cantidad de un millón trescientos mil bolívares (Bs. 1.300.000,00), el cual será efectuado el día de hoy, mediante cheque girado en contra del Banco Occidental de Descuento, número 00000185, de la cuenta 0116-0019-15-0005113910, y dos (2) cuotas iguales y consecutivas de cinco millones de bolívares, cada una de las cuotas, con vencimiento a el día 06 de julio y trece (13) de julio de 2006 respectivamente; para así dar cumplimiento a la sentencia definitivamente firme y por lo cual quedan incluidos todos los derechos del accionante y por lo tanto no tiene mas que reclamar tanto judicial como extrajudicialmente. Es todo. De común a cuerdo, ambas partes solicitan al ciudadano juez, se sirva ordenar la homologación del acuerdo transaccional, se oficie a la depositaria judicial La Castellana C.A. para que sean liberados los bienes embargados en fecha 01 de julio de 2004, y los cuales constan en acta de la misma fecha, a los fines del archivo y cierre de la presente causa al momento de ser efectuado el último pago y conste en autos. Es todo. Termino, leyó y conformes firman.


EL JUEZ.

SERVIO O. FERNÁNDEZ ROJAS



TRABAJADOR


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA


LA PARTE DEMANDADA


APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA



LA SECRETARIA.

ANTONIETA RAMOS REYNA.


EXP. 15.852
SOFR.