REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 09 de Junio de dos mil seis
196º y 147º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GH01-L-2004-000180
PARTE ACTORA: SOLI LOPEZ NOGUERA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CELENE ALFONZO MARIN
PARTE DEMANDADA: CASA PARIS C.A. y AUTOMERCADO EL PATIO SANTA SOFIA C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: OSCAR RAMOS
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Visto el escrito transaccional presentado por la parte actora y demandada, respectivamente, en fecha 31 de mayo de 2006, quienes han llegado al acuerdo que antecede, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
La Juez.,
La Secretaria.,
Abg. María Eugenia Núñez Briceño
Abg. Mayela Díaz
|