ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2006-000220
PARTE ACTORA: SAMUEL BERNARDO REA REA
ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA:. SURTIDORA LICOVEN C.A. y DIAGEO DE VENEZUELA C.A.
REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADAS: OLGA RODRIGUEZ Y ALAIN BIZET
MOTIVO: PASIVOS LABORALES


En el día de hoy doce (12) de junio de 2006, siendo las 11:10 am, del día y la hora fijada por este Tribunal, para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de las empresas demandadas SURTIDORA LICOVEN C.A. a través de la abogada OLGA RODRIGUEZ inscrita en el I. P. S. A. bajo el Numero 41.680, en su carácter de apoderada judicial de esta demandada. También compareció por la demandada DIAGEO DE VENEZUELA C.A, el abogado ALAIN BIZET, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N.° 112.013, en su carácter de apoderado judicial de esta demandada, tal como consta en los poderes los cuales presentan en original y copia para que sean certificadas las copias y agregadas al expediente. Seguidamente, el Tribunal deja constancia que la Parte Actora SAMUEL BERNARDO REA REA no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 196 ° y 147 °.
EL JUEZ


ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.


ABG. APODERADA DE SURTIDORA LICOVEN C.A




ABG. APODERADO DE DIAGEO DE VENEZUELA C.A


LA SECRETARIA.

ABG. ASTRI GONZALEZ