REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 28 de Junio de 2006
Años 196º y 147º
ASUNTO: GJ01-P-2001-000675
SOLICITUD DE DESTRUCCION DE LA SUSTANCIA.
IMPUTADO: BOLIVAR VILLASANA GUSTAVO ADOLFO Y OTROS .
DELITO: POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS.
Visto y analizado el contenido del Escrito presentado por la Fiscal Duodécimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en donde solicita por parte del Tribunal, para proceder de conformidad con el artículo 119 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, a la DESTRUCCION de la Sustancia ilícita incautada, en el ASUNTO ANTIGUO C9-11832-01, seguido a los imputados BOLIVAR VILLASANA GUSTAVO ADOLFO Y OTROS. por el delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34, contra la ley ORGANICA CONTRA EL TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, y por cuanto dicha sustancia ilícita incautada no tiene uso terapéutico conocido, se exima de enviar la Notificación al Ministerio de Salud y Desarrollo Social, Dirección de Drogas, Medicamentos y Cosméticos, de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 117 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y en el cual solicita igualmente se designe Experto para su identificación, se le expida copia certificada donde se acuerde lo solicitado, y se notifique a la Defensa de la decisión, este Tribunal considera que lo solicitado está ajustado a derecho, y Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley ACUERDA LA DESTRUCCION, así como lo solicitado por la Fiscal del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en fecha 13-06-06, y recibido en fecha 21-06-06. A los efectos de la designación del Experto que prescribe el artículo 119 citado, se indica al Ministerio Público que lo haga comparecer ante este Tribunal, a los efectos de su designación y juramentación.
Diarícese. Déjese copia. Notifíquese. Cúmplase.
Dra. Nelly Arcaya de Landáez
Jueza Novena de Control
El Secretario
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
El Secretario
ASUNTO: GJ01-P-2001-000675
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