JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 09 de Mayo de 2006
196° y 147°
Por recibida la anterior demanda, presentado, por la Ciudadana: PETRA ANGELICA BLANCO DE MACHADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-319.931, debidamente asistida por el Abogado: JESUS RAFAEL MACHADO BLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 94.483. Por cuanto la misma no es contraria al orden publico, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, se ADMITE, en cuanto a lugar en derecho, la presente demanda por ACCION DE DESALOJO, emplácese al demandado Ciudadano: PABLO ABILIO CARDENAS GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.921.483, para que comparezca por ante este Tribunal, al SEGUNDO (2do) día de Despacho siguientes a que conste en auto su citación, en las horas fijadas en la Tablilla para despachar de 08:30 AM a 03:30 pm, ubicado en la Calle Ayacucho Casa N° 08, sector el Carmen, Mariara estado Carabobo, a dar contestación a la demanda que le ha incoado la Ciudadana: PETRA ANGELICA BLANCO DE MACHADO, anteriormente identificada líbrese la correspondiente Compulsa a los fines de la citación del demandado quien se encuentra ubicado en Avenida Bolívar Numero 3-1, Mariara estado Carabobo, Se designa para la certificación de los fotostatos a la ciudadana ARIELA SALAS, titular de la cedula de identidad N° 10.503.761, en su carácter de asistente de este Juzgado, para que conjuntamente con la Secretaria de este Tribunal, las firme y certifique. Se ordena Compulsar Copia Certificada de la demanda al presente auto a los fines de la Citación. Entréguese en su oportunidad al Alguacil de este Tribunal. Haciéndosele sabe a la parte interesada la obligación que tiene de sufragar los emolumentos del Alguacil de este Tribunal, a los fines de la práctica de la Citación ordenada, todo de conformidad con el Articulo 12 de la Ley de Arancel Judicial y sentencia Nº 537 de fecha 06 de Julio del 2004, emanada de la sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide.-
El Juez Suplente Especial,


Dr. MARIANA GONZALEZ GARCIA
LA SECRETARIAR TITULAR

Abg. MARIAJOSE BLANCHARD M.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Se libró Boleta de Citación, se entregó al Alguacil en su oportunidad.
La Secretaria Titular
El Alguacil,
Exp N° 602-06
ALA/MBM/Ariela.