REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Puerto Cabello, 12-JUNIO-2006
196º y 147º
Visto el desistimiento del procedimiento y de la pretensión efectuado en la presente causa y no siendo tal actuación contraria a derecho, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN y le imprime carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el artí-culo 263 en concordancia con el 265 del Código de Procedimiento Civil, por constar el consentimiento de la parte contraria. Se da por terminado el pre-sente juicio y se ordena el archivo del expediente para su posterior remisión al Archivo Judicial.
La Juez Temporal,
Abogada CLAUDIA A. OLAVARRIA
La Secretaria,
Abogada MARITZA RAFFO PAIVA,
En la misma fecha se hizo lo ordenado.
La Secretaria,
Exp. No. 2006-7413
CAO/MRP/Alida.