En horas de despacho del día de hoy Veintidós (22) de Junio del año Dos Mil Cinco (2005), siendo las 9:30 a.m., se traslada y constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez abogada Lucia D’Angelo y su Secretaria Yasmila Faria, en las afueras de un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el numero 17-12, planta baja, edificio 17, conjunto Residencial Los Andes Jurisdicción del Municipio San Diego del Estado Carabobo, en compañía del abogado Antonio Travieso Arrocha, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.578, actuando en su carácter de endosatario en procuración de la parte actora ciudadana Marisol Linares Arocha, a fin de dar fiel y estricto cumplimiento al Mandamiento de ejecución emanado del Juzgado Sexto de los Municipio del Estado Carabobo, en el cual ordenó medida de Embargo Ejecutivo, con motivo del juicio por Cobro de Bolívares, (Intimación), seguido por la parte actora ya identificada, contra la ciudadana Teokarla Castellanos. Seguidamente el Tribunal deja constancia que realiza los tres (3) toques de ley y nadie respondió, asimismo se el solicito información a la Conserje del edificio, informando la misma que el apartamento esta desocupado desde hacer varios meses. A continuación el Tribunal deja constancia que en el inmueble se encontraban bienes muebles propiedad de la parte demandada los cuales fueron embargados preventivamente por este mismo Tribunal en fecha Quince (15) de Junio del 2005, dichos bienes fueron trasladados sin la notificación previa al Tribunal por parte de la demandada quien los tenia bao su guarda y custodia. Acto seguido interviene el abogado actor y expone; “Me reservo el derecho de embargar bienes propiedad de la demandada en al oportunidad que posteriormente solicite a este Tribunal, igualmente me reservo las acciones legales que pudiera ejercer en contra de la demandada, asimismo solito al Tribunal no remita la presente comisión al comitente y se mantenga por un tiempo prudencial a los efectos de practicar la medida de embargo en otra oportunidad”. El Tribunal vista la solicitud acuerda de conformidad, da por concluido el acto y se restituye a su sede. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal,
(Firma Ilegible)
Abog. Lucia D’Angelo.
Abogado Actor
(Firma Ilegible)

La Secretaria
(Firma Ilegible)
Abogada Yasmila Faria.