REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
VALENCIA, 19 de Junio de 2006
196° Y 147°
DEMANDANTE: JAVIER GIORDANELLI , venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 67.331, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano Orlando Guerra, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E- 82.279.356 y de este domicilio.
DEMANDADO: MARIA ANTONIETA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 8.358.731 y de este domicilio.
ACCION: DESALOJO.
MOTIVO: DESISTIMIENTO (HOMOLOGACIÓN)
EXPEDIENTE No.: 0971.-
Visto el DESISTIMIENTO efectuado por ante este Tribunal de fecha 13 de Junio del año en curso, entre Javier Giordanelli, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano Orlando Guerra, (parte demandante) y la ciudadana MARIA ANTONIETA GONZALEZ PEREZ, (PARTE DEMANDANTE), el Tribunal procede a homologar el Desistimiento efectuado Y da por terminado el presente juicio, todo de conformidad con lo previsto en el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, téngase como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.
LA JUEZ PROVISORIO,
ABOG. LIGIA RODRIGUEZ SALAZAR
LA SECRETARIA,
Abg. MARIA DEL R. MONTILLA
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