REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
EL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
SOLICITANTES: NELSON EDUARDO PÉREZ LUGO e INES MARIA DE JESÚS VIEIRA
ABOGADO: MARIA FATIMA COSTA LEON
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE N° 16.763

Por escrito presentado en fecha 15 de Enero de 2004, los ciudadanos NELSON EDUARDO PÉREZ LUGO e INES MARIA DE JESÚS VIEIRA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números V-16.872.321 y V-16.772.783 respectivamente, ambos de este domicilio, asistidos por la Abogada MARIA FAIMA COSTA LEON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 27.171 y de este domicilio, solicitaron se decretara por ante este Tribunal la Separación de Cuerpos, basándose en lo siguiente:
Que contrajeron matrimonio civil por ante el Registro Civil del Municipio Valencia, Estado Carabobo, el día 23 de Mayo de 2003, que fijaron el domicilio conyugal en la Urbanización Ricardo Urriera, sector Nº 6, casa Nº 38, Parroquia Miguel Peña, Valencia Estado Carabobo. Que durante la unión conyugal no fueron procreados hijos, ni obtenidos bienes de ninguna clase. Que desde hace algún tiempo a esta parte y en virtud de causas muy diversas existe entre ellos una verdadera separación de hecho, por lo que, de mutuo y amistoso acuerdo convinieron en separarse de cuerpos. Que la misma se regirá por las siguientes estipulaciones: Primera: Que en virtud de la separación se suspende la vida en común entre ellos. Segundo: Que cada cónyuge tiene el derecho a vivir por separado, fijando su residencia en cualquier lugar de la República.
Por auto de fecha 09 de Febrero de 2004, fueron legalmente Separados de Cuerpos, los cónyuges antes nombrados.
En diligencia de fecha 19 de Junio de 2006, los ciudadanos NELSON EDUARDO PÉREZ LUGO e INES MARIA DE JESÚS VIEIRA, ya identificados y asistidos de abogado, solicitaron del Tribunal decretara la conversión en divorcio de la presente solicitud, en virtud de no haberse producido entre ellos la reconciliación.
Por lo antes expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y habiendo transcurrido el lapso establecido en la ley, previo el estudio del caso en sí y sus antecedentes y por no haber ocurrido la reconciliación entre los cónyuges, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos de los cónyuges NELSON EDUARDO PÉREZ LUGO e INES MARIA DE JESÚS VIEIRA, ambos identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía desde el día 23 de Mayo de 2003, fecha en que contrajeron Matrimonio Civil por ante la Alcaldía del Municipio Valencia del Estado Carabobo.
En lo que respecta a hijos, el Tribunal no hace ningún pronunciamiento, en virtud de que los cónyuges manifestaron que no fueron procreados los mismos durante el matrimonio.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los veintiún (21) días del mes de Junio del año dos mil seis (2006). Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
La Juez Titular,

Abg. Roraima Bermúdez G.,
La Secretaria Titular,

Abg. Elea Coronado
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 11:30 minutos de la mañana.-
La Secretaria Titular,

Abg. Elea Coronado
Exp. N° 16.763.-
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CERTIFICO QUE LA COPIA QUE ANTECEDE ES TRASLADO FIEL DE SU ORIGINAL A LA CUAL SE CONTRAE DE CUYA EXACTITUD DOY FE. VALENCIA, 21 de Junio de 2006.-
La Secretaria Titular,



EXPEDIENTE N°: 16.763




SOLICITANTES: NELSON EDUARDO PÉREZ LUGO e INES MARIA DE JESÚS VIEIRA



MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS



SENTENCIA: DEFINITIVA
CONVERSIÓN EN DIVORCIO


FECHA: 21 de Junio de 2006


JUEZ TITULAR: ABOG. RORAIMA BERMUDEZ G.



JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-