REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO
EXPEDIENTE Nro. 18.963.
GADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 14 de Junio del 2006
196° y 147°
Por presentada la anterior solicitud junto con sus recaudos anexos, personalmente por sus firmantes, ciudadanos ANGGIE KARIM CASADIEGO y CESAR ARMANDO OROZCO CABRERA, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.988.331 y V-14.079.115, respectivamente, de este domicilio, asistidos por el Abogado EDUARDO OSORIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 95.500, se admite cuanto ha lugar en derecho. Previa lectura acordada por Secretaría y hallada conforme por los manifestantes, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SEPARADOS LEGALMENTE DE CUERPOS, a los cónyuges anteriormente nombrados, bajo las condiciones estipuladas en el citado escrito.
La Juez Titular,
Abog. Roraima Bermúdez G.
Los Cónyuges Manifestantes,
El Abogado Asistente,
La Secretaria Titular,
Abog: Elea de Valenzuela,