REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, doce (12) de Julio del año dos mil seis 2006
196º y 147º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

DEMANDANTE: ARMANDO GONCALVEZ.
APODERADO: ENILDA SANCHEZ.
DEMANDADA: TRACTO AGRO VALENCIA, C.A
APODERADO: DILLA SAAB SAAB.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.
EXPEDIENTE: GP02-S-2005-000376.

Nace el presente juicio con motivo de la demanda sobre CALIFICACIÓN DE DESPIDO, interpuesta por el ciudadano ARMANDO GONCALVEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V 4.867.799, debidamente representado judicialmente por la Profesional del Derecho ENILDA SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado Nº 50.351, en contra de la empresa TRACTO AGRO VALENCIA, C.A inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 18-10-1995, quedando anotada bajo el Nº 23, Tomo 124-A, representada legalmente por el Abogado DILLA SAAB SAAB inscrito en el Inpreabogado Nº 67.142.
Consta al folio 07, poder apud-acta conferido por el actor a la abogada ENILDA SANCHEZ, antes identificada, en el cual tiene facultad para transigir y recibir cantidades de dinero; e igualmente consta al folio 12, 13 y 14, poder judicial otorgado al abogado DILLA SAAB, por el representante legal de la empresa demandada, en el cual le otorgan poder para transigir.
Visto que a los folios 91 y 92, consta acta de transacción laboral, en el cual la empresa demandada TRACTO AGRO VALENCIA, C.A ofrece al actor ciudadano ARMANDO GONCALVEZ en la persona, la cantidad de BOLIVARES NUEVE MILLONES CON 00/100 CENTIMOS (BS. 9.000.000, 00), entregándole en fecha 12/06/2006 cheque Nº 79322382, de fecha 07-06-2006; y en fecha 30/06/2006, entregó otro cheque de fecha 23/06/2006, girados ambos en contra de la Institución Bancaria Banco Mercantil Banco Universal, a nombre del actor ARMANDO GONCALVES antes identificado, todo a los fines de dar por terminado el presente juicio. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 Constitucionales, en uso de sus atribuciones legales prevista en los artículos 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil y del articulo 3 parágrafo único de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el articulo 10 del Reglamento de la Ley del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADO EL ACUERDO SURGIDO ENTRE LAS PARTES, contenido en el escrito consignado en el presente expediente, relativo a la demanda de CALIFICACIÓN DE DESPIDO, incoada por ARMANDO GONCALVEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V 4.867.799, en contra de TRACTO AGRO VALENCIA, C.A, en consecuencia la presente homologación tiene efecto de cosa Juzgada.

PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en el despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los DOCE (12) días del mes de JULIO del año dos mil seis (2006).
La Juez,
DIANA PARÉS DE SERAPIGLIA
La Secretaria,
FARIDY SUAREZ COLEMNARES

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las doce y veinte de la tarde (12:20 PM.).
La Secretaria,



EXP: GP02-S-2005-000376.
DPdeS/FSC/Amarilys Mieses.