REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 26 de Julio de Dos mil seis.
196º y 147º


ASUNTO: GP02-L-2005-000543

Visto que las partes en fecha 14 de Julio de 2006, en consignan acuerdos individuales de los trabajadores reclamantes por la U.R.D.D. de este Circuito Laboral
Este Tribunal, una vez revisados cada uno de los acuerdos consignados de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no se vulneran derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada.


LA JUEZ
Abog: NORIS B GODOY V.



La secretaria.

Abg. Mayela Díaz.