REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO DE PUERTO CABELLO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Puerto Cabello, 06 de julio de 2006
196º y 147º

Por presentada la anterior demanda. Désele entrada. Fórmese expediente. Asígnesele número y regístrese en el libro respectivo. Vista y revisada la anterior pretensión por resolución de contrato de arrendamiento con sus recaudos, se admite cuanto ha lugar en derecho por no resultar contraria al orden público, a las buenas costumbres ni disposición expresa de la Ley, ni haber encontrado causales genéricas ni específicas de inadmisibilidad. Emplácese al demandado, ciudadano Arnaldo José Lugo Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 3.307.367, con domicilio para ser citado en la siguiente dirección: Cuarta Calle de Segrestaa, Edificio Roelca, Planta Baja, Apartamento signado con el No. 02, jurisdicción de la Parroquia Fraternidad, Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo, para que comparezca para ante este Tribunal al segundo (2º) día de despacho siguiente a que conste en autos su citación, en horario comprendido entre las 08:30 de la mañana a 03:30 de la tarde, a dar contestación a la pretensión incoada en su contra, por la ciudadana Margarita Bonilla Robayo, titular de la cédula de identidad No. E.- 82.003.229, asistida por la abogada Marlene Pulido Vidal, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 24.305. Con relación a las medidas preventivas de secuestro y embargo solicitadas, se proveerán por auto separado y en cuaderno de medidas, que se ordena abrir a tal efecto. Compúlcese copia del libelo de la demanda, con el auto de comparecencia, y entréguese al Alguacil a los fines que practique la citación de la parte demandada de autos.

LA JUEZA TTULAR

Abogada Marisol Hidalgo García LA SECRETARIA

Ana Belmar Hernández Zerpa


En esta misma fecha se le dio entrada bajo el No. 2006-1.196, y se cumplió con lo ordenado.

LA SECRETARIA

Ana Belmar Hernández Zerpa