REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, DEL TRANSITO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 10 de julio del 2.006
196º y 147º
Exp. Nº 9.285.-

Vistas las diligencias de fechas 20 y 29 de junio del 2.006, respectivamente, suscritas por el abogado EDUARDO BERNAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.554, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSORA PARTICIPAR, S.A., parte actora en el presente juicio; y por el abogado CARLOS JOSE LEON, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 2.382, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana TERESA INMACULADA GONZALEZ CANO, parte demandada en el presente procedimiento; en el mismo orden señalado; en las cuales anuncian recurso de casación contra la sentencia dictada por este Tribunal, el 05 de junio del 2.006, la cual fue publicada dentro del lapso de diferimiento de publicación de la sentencia, venciéndose dicho lapso el 14 de junio del 2006; por lo que desde ese día, exclusive, hasta el día 06 de julio del 2.006, inclusive, transcurrieron los diez (10) días de despacho para anunciar el recurso de casación, y que hoy es el primer día de despacho siguiente para pronunciarse sobre el mismo, por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 315, del Código de Procedimiento Civil ADMITE dicho recurso.
De conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el 205 ejusdem, se conceden dos (2) días de término de distancia, contados a partir de la presente fecha.
Remítase el presente expediente a la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia.
Publíquese y déjese copia.
El Juez Suplente Especial,

Abog. FRANCISCO JIMENEZ DELGADO
La Secretaria,

MILAGROS GONZALEZ MORENO
En la misma fecha, se remite constante de doscientos sesenta y cuatro (264) mediante Oficio N°_286/06.-
La Secretaria,

MILAGROS GONZALEZ MORENO