REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
EL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
SOLICITANTES: JOSÉ ANIBAL NUÑEZ RODRÍGUEZ y MAIVA ALEJANDRA MARTINEZ ARTEAGA
ABOGADO: ISAIAS ANTONIO ROJAS ARENAS
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE N° 17.821

Por escrito presentado en fecha 04 de Abril de 2005, los ciudadanos JOSÉ ANIBAL NUÑEZ RODRÍGUEZ y MAIVA ALEJANDRA MARTINEZ ARTEAGA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números V-12.312.428 y V-12.848.349 respectivamente, ambos de este domicilio, asistidos por el Abogado ISAIAS ANTONIO ROJAS ARENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 37.364, de este domicilio, solicitaron se decretara por ante este Tribunal la Separación de Cuerpos, basándose en lo siguiente:
Que contrajeron matrimonio civil, el día 12 de Diciembre de 2003, por ante la Jefatura Civil del Municipio San Diego del Estado Carabobo. Que fijaron el domicilio conyugal en la Urbanización Lomas de la Esmeralda, Municipio San Diego del Estado Carabobo, donde residen hasta el 25 de Enero de 2005, que por los múltiples problemas entre ellos, se separaron de cuerpos. Que durante la unión no fueron procreados hijos, y que tampoco fueron adquiridos bienes, no habiendo nada que discutir al respecto. Igualmente manifestaron, que los bienes que adquiera cada uno de ellos, formarán única y exclusivamente patrimonio personal.
Por auto de fecha 13 de Abril de 2005, fueron legalmente Separados de Cuerpos los cónyuges antes nombrados.
En fecha 25 de Abril de 2006 el ciudadano JOSÉ ANIBAL NUÑEZ RODRÍGUEZ, ya identificado y asistido de abogado, solicitó del Tribunal decretara la conversión en divorcio de la presente solicitud, en virtud de no haberse producido entre el y su cónyuge la reconciliación. El 27 de Abril de 2006, se acordó la notificación de la ciudadana MAIVA ALEJANDRA MARTINEZ ARTEAGA. No habiéndose logrado la notificación personal de la mencionada ciudadana, en fecha 31 de Mayo de 2006, se libraron carteles de citación, los cuales fueron publicados y consignados a los autos.
Por lo antes expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y habiendo transcurrido el lapso establecido en la ley, previo el estudio del caso en sí y sus antecedentes y por no haber ocurrido la reconciliación entre los cónyuges, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos de los cónyuges JOSÉ ANIBAL NUÑEZ RODRÍGUEZ y MAIVA ALEJANDRA MARTINEZ ARTEAGA, ambos identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía desde el día 12 de Diciembre de 2003, fecha en que contrajeron Matrimonio Civil por ante el Director de la Jefatura Civil del Municipio San Diego del Estado Carabobo.
En lo que respecta a hijos, el Tribunal no hace ningún pronunciamiento, en virtud de que los cónyuges manifestaron que no fueron procreados los mismos durante el matrimonio.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los diecinueve (19) días del mes de Julio del año dos mil seis (2006). Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
La Juez Titular,

Abg. Roraima Bermúdez G.,
La Secretaria Titular,

Abg. Elea Coronado
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 9:30 minutos de la mañana.-
La Secretaria Titular,

Abg. Elea Coronado
Exp. N° 17.821.-
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Certifico que la copia que antecede es traslado fiel de su original, a la cual se contrae de cuya exactitud doy fe, certifico y expido, de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Valencia, 19 de Julio de 2006.-
La Secretaria Titular,


EXPEDIENTE N°: 17.821



SOLICITANTES: JOSÉ ANIBAL NUÑEZ RODRÍGUEZ y MAIVA ALEJANDRA MARTINEZ ARTEAGA


MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS


SENTENCIA: DEFINITIVA
CONVERSIÓN EN DIVORCIO


FECHA: 19 de Julio de 2006


JUEZ TITULAR: ABOG. RORAIMA BERMUDEZ G.



JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-