REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
EL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
SOLICITANTES: VLADIMIR JOSÉ ASTUDILLO RAMIREZ y CANDIDA JOSEFINA FERNANDEZ
ABOGADO: WILLMER H. OVALLES F.
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE N° 16.790

Por escrito presentado en fecha 10 de Febrero de 2004, los ciudadanos VLADIMIR JOSÉ ASTUDILLO RAMIREZ y CANDIDA JOSEFINA FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números V-11.668.217 y V-13.646.202 respectivamente, ambos de este domicilio, asistidos por el Abogado WILLMER H. OVALLES F., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 78.687, de este domicilio, solicitaron se decretara por ante este Tribunal la Separación de Cuerpos, basándose en lo siguiente:
Que en fecha 13 de Noviembre de 1999, contrajeron matrimonio civil por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Diego Ibarra, del Estado Carabobo. Que fijaron el domicilio conyugal en la Calle San Juan, Nº 23, Barrio Las Brisas, Mariara, Municipio Diego Ibarra, del Estado Carabobo. Que durante la unión matrimonial no fueron procreados hijos. Que últimamente han tenido dificultades, que los han llevado a la convicción de no poder continuar haciendo vida en común, por lo que, decidieron separarse legalmente de cuerpos, de mutuo consentimiento y amistoso acuerdo. Dejaron expresa constancia que durante la comunidad conyugal no hubo bienes que liquidar y que todos los bienes muebles e inmuebles que adquieran a partir de la firma del decreto, quedaran en beneficio de cada uno de ellos.
Por auto de fecha 23 de Septiembre de 2004, fueron legalmente Separados de Cuerpos los cónyuges antes nombrados.
En diligencias de fecha 17 de Julio de 2006, los ciudadanos VLADIMIR JOSÉ ASTUDILLO RAMIREZ y CANDIDA JOSEFINA FERNANDEZ, ya identificados y asistidos de abogado, solicitaron del Tribunal decretara la conversión en divorcio de la presente solicitud, en virtud de no haberse producido entre ellos la reconciliación.
Por lo antes expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y habiendo transcurrido el lapso establecido en la ley, previo el estudio del caso en sí y sus antecedentes y por no haber ocurrido la reconciliación entre los cónyuges, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos de los cónyuges VLADIMIR JOSÉ ASTUDILLO RAMIREZ y CANDIDA JOSEFINA FERNANDEZ, ambos identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía desde el día 13 de Noviembre de 1999, fecha en que contrajeron Matrimonio Civil por ante el Prefecto del Municipio Diego Ibarra del Estado Carabobo.
En lo que respecta a hijos, el Tribunal no hace ningún pronunciamiento, en virtud de que los cónyuges manifestaron que no fueron procreados los mismos durante el matrimonio.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los diecinueve (19) días del mes de Julio del año dos mil seis (2006). Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
La Juez Titular,

Abg. Roraima Bermúdez G.,
La Secretaria Titular,

Abg. Elea Coronado
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 9:00 de la mañana.-
La Secretaria Titular,

Abg. Elea Coronado
Exp. N° 16.790.-
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Certifico que la copia que antecede es traslado fiel de su original, a la cual se contrae de cuya exactitud doy fe, certifico y expido, de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Valencia, 19 de Julio de 2006.-
La Secretaria Titular,


EXPEDIENTE N°: 16.790



SOLICITANTES: VLADIMIR JOSÉ ASTUDILLO RAMIREZ y CANDIDA JOSEFINA FERNANDEZ


MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS


SENTENCIA: DEFINITIVA
CONVERSIÓN EN DIVORCIO


FECHA: 19 de Julio de 2006


JUEZ TITULAR: ABOG. RORAIMA BERMUDEZ G.



JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-