GADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 10 de julio de 2006
196º y 147º
Visto el anterior escrito de solicitud junto con sus recaudos anexos, presentado por las abogados BETTINA HERRERA y CARLOTA ESCALANTE, venezolanas, mayores de edad, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nºs. 6617 y 9837, respectivamente y de este domicilio, actuando en su caracteres de apoderados judiciales del ciudadano FREDDY ERNESTO LOPEZ COMPARELLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 7.135.676, de este domicilio, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, y en el presente caso por estar llenos los requisitos establecidos en las normas contenidas en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, se admite cuanto ha lugar en derecho. En virtud de que las abogados ya identificadas, solicitaron a este Tribunal se ordenara la RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO de su poderdante ciudadano FREDDY ERNESTO LOPEZ COMPARELLI, la cual se encuentra inserta por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Valencia del Estado Carabobo, bajo el Nº. 4624, Tomo XI, de fecha 14 de julio de 1970 y como lo expresan las abogados en su escrito, la referida Acta de Nacimiento adolece de error material, ya que al insertar la misma en el Libro correspondiente de la Oficina de Registro Civil, se transcribió erróneamente el nombre de la madre de su poderdante el cual aparece como “…CARMEN COMPARELLI DE LOPEZ …” siendo lo correcto “…CARMINA COMPARELLI DE LOPEZ …”. Para los efectos probatorios se consignaron los siguientes recaudos: a) Copia del Acta de Nacimiento correspondiente al ciudadano FREDDY ERNESTO LOPEZ COMPARELLI expedida por la Oficina de Registro Civil de las Parroquias Candelaria y Santa Rosa del Municipio Valencia del Estado Carabobo. b) Fotocopia de la Cédula de Identidad correspondiente a la madre del ciudadano FREDDY ERNESTO LOPEZ COMPARELLI. c) Copia del Pasaporte de la madre del ciudadano FREDDY ERNESTO LOPEZ COMPARELLI, original del Justificativo de Testigos del ciudadano FREDDY ERNESTO LOPEZ COMPARELLI, por cuanto de los documentos consignados antes mencionados se evidencia la veracidad de los hechos planteados, y por cuanto la obviedad de los errores denunciados no ameritan la tramitación de un Juicio de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO y por cuanto no existe interesado alguno que pudiera resultar perjudicado, este Tribunal TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA, al Jefe de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Candelaria del Municipio Valencia del Estado Carabobo, y al ciudadano Registrador Principal Civil del Estado Carabobo, estampar la debida Nota Marginal en el ACTA DE NACIMIENTO correspondiente, previamente determinada así; donde dice “…CARMEN COMPARELLI DE LOPEZ…”, diga “…CARMINA COMPARELLI DE LOPEZ, que es lo correcto. Así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud y de este auto. Remítanse con oficio a las autoridades competentes. Líbrense oficios.
La Juez Titular,


Abog. RORAIMA BERMUDEZ G.
La Secretaria Titular,

Abog. ELEA DE VALENZUELA.

En la misma fecha se libraron Oficios Nros. 1491 y 1492, respectivamente.
La Secretaria Titular,